Nueva ley de la nacionalidad andorrana: más requisitos y más peso del catalán

La nueva ley endurece algunos requisitos e incorpora el catalán como condición obligatoria para acceder a la nacionalidad

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por el autor La Veu Lliure
3 minutos de lectura
Publicado el Lunes, 11 Mayo 2026 - 09:43

El Govern d'Andorra ha introducido una reforma de la ley de la nacionalidad que flexibiliza algunos criterios de acceso al pasaporte andorrano para personas arraigadas en el país, pero al mismo tiempo endurece varios requisitos clave, especialmente en lo relativo a la residencia efectiva, la escolarización y el conocimiento del catalán.

Requisito lingüístico obligatorio y nuevas condiciones de acceso

Una de las principales novedades es la incorporación del nivel mínimo B1 de catalán, que será obligatorio para todas las personas menores de 70 años que quieran acceder a la nacionalidad. Este cambio refuerza el papel del catalán como elemento central de integración y condición imprescindible para obtener el pasaporte.

En el caso de la nacionalidad por residencia, se mantienen los 20 años de permanencia en el país, pero se flexibiliza el cómputo: se tendrán en cuenta todos los periodos de residencia, sean continuos o no.

Sin embargo, se establece que los últimos cinco años previos a la solicitud deberán ser necesariamente continuos, reforzando así el vínculo reciente y estable con el país.

En cuanto a la nacionalidad por escolarización, se modifica el criterio actual. A partir de ahora, será necesario haber cursado un mínimo de diez cursos escolares en centros públicos o privados de Andorra entre los 3 y los 18 años. 

Esta ampliación del rango de edad va más allá de la escolarización obligatoria y premia una trayectoria educativa prolongada en el país.

Cambios en la nacionalidad por matrimonio y nacimiento en el extranjero

En el caso del matrimonio, se incrementa de 3 a 5 años el periodo mínimo de residencia en el país necesario para acceder a la nacionalidad. Este tiempo puede haberse acumulado antes o después del matrimonio, pero se requiere que la convivencia se mantenga hasta la resolución de la solicitud.

En cuanto a los niños nacidos en el extranjero, podrán acceder a la nacionalidad andorrana si cumplen alguno de los siguientes supuestos:

  • Uno de los progenitores es andorrano, no ha nacido en Andorra y el abuelo o la abuela es nacido en el país, siempre que ese progenitor haya residido en Andorra al menos diez años.

  • Se mantiene también el derecho si uno de los progenitores es andorrano y ha nacido en el Principado.

Endurecimiento de los antecedentes penales

La nueva normativa también introduce restricciones más estrictas en materia penal. No podrán acceder a la nacionalidad las personas condenadas por:

  • Un delito doloso con pena igual o superior a un año de privación de libertad
  • Dos o más delitos dolosos

 

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