El TC rechaza el recurso de un procesado por delitos sexuales que pedía recuperar el contacto con su hija
El Tribunal Constitucional concluye que la menor ya había sido escuchada
El Tribunal Constitucional ha desestimado íntegramente el recurso de amparo presentado por un hombre procesado por varios delitos sexuales graves, quien denunciaba una presunta vulneración de su derecho a la jurisdicción tras la decisión judicial que le impide mantener cualquier contacto con su hija menor de edad.
El hombre impugnaba dos resoluciones de la Batllia y del Tribunal de Corts que habían prorrogado, en 2025, una orden de incomunicación con la menor, dictada en el marco de un procedimiento penal donde está investigado por agresión sexual, actos sexuales sin consentimiento y delitos vinculados a pornografía infantil, entre otros.
El recurrente sostenía que la medida se había adoptado sin escuchar a su hija de 14 años, vulnerando —según él— derechos constitucionales e internacionales, incluidos los del Convenio de los Derechos del Niño. También solicitaba una indemnización para él y para la menor.
El Constitucional no aprecia vulneración
El Tribunal Constitucional concluye que la menor ya había sido escuchada durante la fase de instrucción en una declaración forense de más de una hora, y recuerda que su derecho a ser consultada no es absoluto.
Concretamente, puede limitarse cuando prevalece el interés superior del niño, especialmente si existe riesgo para su bienestar emocional.
En resumen, el TC considera que las autoridades judiciales motivaron adecuadamente la prórroga de la incomunicación, tanto para proteger a la menor como para garantizar una instrucción correcta del caso.