Andorra aprueba la ‘ley ómnibus 2’, que refuerza el control migratorio
La nueva ley establece requisitos más exigentes para las autorizaciones de residencia y trabajo
El Consell General ha aprobado la nueva Ley de continuidad y consolidación de las medidas para el crecimiento sostenible, una reforma legislativa que introduce cambios relevantes en el régimen de inmigración, especialmente para los residentes pasivos y los trabajadores por cuenta propia que quieran establecerse en Andorra. La propuesta ha sido rechazada únicamente por el PS i Concòrdia (16 a favor y 8 en contra).
Uno de los puntos clave de la ley es que el depósito obligatorio de 50.000 euros ante la Autoridad Financiera Andorrana (AFA) deja de ser recuperable. A partir de ahora, esta cantidad se convierte en una aportación definitiva a fondo perdido, de titularidad íntegramente estatal.
Del depósito reembolsable a una aportación definitiva
Hasta ahora, los residentes pasivos y los autónomos —con la excepción de los profesionales titulados— debían depositar 50.000 euros sin intereses, con la posibilidad de recuperarlos en caso de abandonar el país o de no renovar la autorización. Los andorranos residentes fuera de Andorra no estarán exentos del impuesto de inversión extranjera en caso de adquirir una vivienda.
Con la nueva normativa, este importe pasa a tener carácter permanente y no reembolsable, con el objetivo de reforzar la contribución económica directa al país.
Más control sobre la inmigración temporal
La ley también regula de forma más detallada las autorizaciones de inmigración temporal para trabajadores de empresas extranjeras.
Estas autorizaciones podrán prorrogarse hasta un máximo de doce meses, con excepciones para trabajos de interés general, y exigirán obligatoriamente seguro médico y cobertura de accidentes laborales.
Además, se introducen restricciones para empresas y particulares sancionados por infracciones graves, que no podrán obtener nuevas autorizaciones durante un período mínimo de un año. En cuanto a las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia, la nueva ley establece requisitos más exigentes.
Los solicitantes extranjeros deberán acreditar una inversión mínima de 50.000 euros, tener una participación mayoritaria en sociedades andorranas, ejercer funciones de dirección efectiva y demostrar la existencia de una actividad económica real.
De forma excepcional, los proyectos de alto valor tecnológico, emprendimiento, innovación o economía digital quedarán exentos del ingreso obligatorio. En caso de baja voluntaria o falta de actividad, se impone un período de carencia de doce meses antes de poder solicitar una nueva autorización.
Nuevos supuestos de anulación y mayor vigilancia
La reforma amplía los motivos de anulación de las autorizaciones, incluyendo el reagrupamiento familiar indebido, el trabajo fuera del lugar autorizado, el fraude en las solicitudes y el incumplimiento de los requisitos de residencia sin actividad lucrativa o de inversión en activos andorranos.
También se refuerza el control sobre las autorizaciones de trabajo de fronterizos y de corta duración, exigiendo la notificación previa y la obtención de los permisos correspondientes antes del inicio de la actividad laboral.
Endurecimiento del régimen sancionador
La ley introduce infracciones graves y muy graves para los empresarios que permitan trabajar a extranjeros sin autorización o en condiciones no permitidas.
Las sanciones económicas pueden alcanzar hasta el doble del importe no ingresado en casos de fraude, y los expedientes sancionadores se tramitarán de forma individualizada, con derecho a presentar alegaciones.
Residencia pasiva e inversiones
Por último, la norma clarifica los criterios de inversión para los residentes sin actividad lucrativa. Se fija una inversión mínima de un millón de euros en activos andorranos, o bien de 400.000 euros en el Fondo de Vivienda, además del ingreso definitivo y no reembolsable de 50.000 euros a favor del Estado, con importes adicionales por personas a cargo.
La ley también regula la pernoctación fuera del país y establece tasas administrativas fijas vinculadas a cada tipo de autorización, con el objetivo de garantizar un modelo migratorio más exigente, ordenado y alineado con el crecimiento sostenible de Andorra.
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