El depósito recuperable pasa a fondo perdido: 50.000 euros obligatorios para residentes pasivos y autónomos
Se establecen infracciones muy graves para los que permitan trabajar extranjeros sin autorización
La nueva Ley de continuidad y consolidación de las medidas para el crecimiento sostenible incorpora cambios importantes en los requisitos económicos para residentes pasivos y autónomos que soliciten establecerse en Andorra.
El proyecto que se votará el jueves en el Consell General establece que el depósito obligatorio de 50.000 euros ante la Autoridad Financiera Andorrana (AFA) dejará de ser recuperable, convirtiéndose en un fondo a fondo perdido, de titularidad íntegramente estatal.
De depósito recuperable a aportación definitiva
Los residentes pasivos y autónomos —excepto profesionales titulados— debían realizar un depósito de 50.000 euros que no generaba intereses, pero que podían recuperar si abandonaban el país o si la autorización no se renovaba. Este sistema permitía cierto retorno económico al contribuyente, pero no reforzaba significativamente el crecimiento sostenible del país.
Entre los cambios más relevantes, destaca la regulación detallada de las autorizaciones de inmigración temporal para trabajadores de empresas extranjeras, que incluye la posibilidad de prórroga hasta doce meses, con excepciones para trabajos de interés general, y la obligación de seguro médico y cobertura de accidentes laborales.
También se establecen restricciones para empresas y particulares sancionados por incumplimientos graves, que les impiden obtener nuevas autorizaciones durante al menos un año.
Mayor exigencia con la inmigración
En cuanto a las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia, los extranjeros deben cumplir requisitos estrictos antes de la concesión: acreditación de una inversión mínima de 50.000 euros, participación mayoritaria en sociedades andorranas, ejercicio de funciones de dirección efectiva y comprobación de la actividad económica real.
Excepcionalmente, los proyectos de alto valor tecnológico, emprendimiento, innovación o economía digital quedan exentos del ingreso obligatorio. En caso de baja voluntaria o falta de actividad, se impone un período de carencia de doce meses antes de solicitar nuevas autorizaciones.
La reforma también introduce nuevos supuestos de anulación de autorizaciones, incluyendo el reagrupamiento familiar indebido, el trabajo fuera del lugar autorizado, el fraude en las solicitudes y el incumplimiento de los requisitos para residencia sin actividad lucrativa o inversiones en activos andorranos.
Asimismo, se refuerza el control sobre las autorizaciones de trabajo de fronterizos y de corta duración, exigiendo la notificación previa y la obtención de permisos antes del inicio de la actividad laboral.
Sanciones de la nueva ley
En cuanto a las sanciones, se establecen infracciones graves y muy graves para empleadores que permitan trabajar a extranjeros sin autorización, en condiciones no autorizadas o en fraude de ley, con multas que pueden llegar hasta el doble del importe no ingresado en casos de violación de las obligaciones de ingreso. El expediente sancionador se inicia de manera individualizada e incluye la posibilidad de presentar alegaciones.
Finalmente, la reforma clarifica los criterios para la inversión en activos andorranos para residentes sin actividad lucrativa, con un mínimo de un millón de euros (o 400.000 euros en el Fondo de Vivienda) y un ingreso definitivo de 50.000 euros a favor del Estado, no reembolsable, así como ingresos adicionales para personas a cargo. También se regula la pernoctación fuera del país y se establecen tasas administrativas fijas vinculadas a cada autorización.