El Estado indemnizará temporalmente a las víctimas de violencia de género si el agresor no paga

La ley prevé que el Estado se encargue de indemnizar de manera temporal a la víctima cuando el agresor no lo haga

Sergi Pérez | Consell General
Sergi Pérez | Consell General
por el autor La Veu Lliure
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Publicado el Jueves, 9 Octubre 2025 - 14:03

El Consell General ha aprobado este jueves la proposición de ley de modificación de la Ley para la Erradicación de la Violencia de Género y Doméstica, conocida como Convenio de Estambul, con el objetivo de garantizar la prestación económica a las víctimas cuando el agresor no pueda asumir la indemnización.

La medida, impulsada por los grupos Demòcrates, Ciutadans Compromesos, Concòrdia y PS, ha recibido un amplio apoyo parlamentario, con la única excepción de Andorra Endavant.

La presidenta suplente del grupo Demòcrata, Maria Martisella, ha destacado que la iniciativa “da respuesta a un compromiso político adquirido” y supone un paso decisivo para levantar la reserva al artículo 30.2 del Convenio de Estambul, por el cual hasta ahora el Estado declinaba asumir estas compensaciones.

El Estado indemnizará temporalmente a la víctima si el agresor no lo hace”, ha subrayado Martisella, insistiendo en que el sistema garantiza una respuesta rápida y efectiva para evitar nuevas situaciones de vulnerabilidad.

La modificación legislativa prevé que el Gobierno pueda indemnizar directamente a las víctimas de delitos de violencia de género, doméstica o contra la libertad sexual, tanto si existía como si no una relación previa con el agresor. En los casos de muerte de la mujer, las víctimas indirectas —hijos menores o dependientes con discapacidad— también podrán recibir la prestación.

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