A partir del 1 de octubre las cirugías de transición de género serán financiadas por el Estado
Se financiará la terapia hormonal y las cirugías de transición de género a mayores de 16 años
El financiamiento entrará en vigor el 1 de octubre de este año. Esta regulación llega después de que se incluyera en la cartera de servicios y productos de salud la atención a la diversidad en la identidad de género en las condiciones que establece la normativa específica.
La normativa específica se ha desarrollado con la participación de Diversand y el Colegio Oficial de Médicos de Andorra, siguiendo las recomendaciones internacionales y la evidencia científica.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de la titular de Salud, Helena Mas, el Decreto por el cual se establecen las condiciones para el financiamiento público de las prestaciones incluidas en la atención sanitaria a las personas con diversidad en la identidad de género.
Concretamente, se definen los servicios y prestaciones sanitarias financiados públicamente en el marco de la atención a la diversidad en la identidad de género, así como las condiciones para obtener dicho financiamiento. Con esta medida se establece el circuito para hacer posible la transición de género.
Terapia hormonal de género financiada a partir de los 16 años
Las prestaciones de atención a la diversidad de género que se incorporan son la terapia hormonal, con el uso de medicamentos hormonales para inducir los caracteres sexuales secundarios, y los tratamientos quirúrgicos para modificar los caracteres sexuales primarios y secundarios.
En cuanto a los principales criterios de acceso, es necesario presentar una diversidad en la identidad de género marcada y sostenida, tener capacidad para comprender los riesgos y beneficios del tratamiento, y firmar el consentimiento informado.
Finalmente, hay un límite de edad: para la terapia hormonal es necesario tener más de 16 años, y para los tratamientos quirúrgicos es necesario ser mayor de edad.
El acceso a los tratamientos quirúrgicos requiere la derivación por parte de un médico especialista en endocrinología, ginecología o urología con experiencia en la atención a la diversidad en la identidad de género.
En el caso de la terapia hormonal, la prescripción inicial y el seguimiento deben realizarse por profesionales médicos especialistas en endocrinología, ginecología, urología o pediatría con experiencia en la atención a la diversidad en la identidad de género.
La atención y el seguimiento a la diversidad en la identidad de género para menores de 16 años se podrá llevar a cabo en centros o unidades especializadas en atención a la diversidad en la identidad de género, en centros públicos o con convenio con la CASS fuera de Andorra.
También se está trabajando para que pueda hacerse en Andorra cuando se disponga de profesionales médicos con formación o experiencia en la atención a la diversidad en la identidad de género.
El financiamiento entrará en vigor el 1 de octubre de este año. Esta regulación llega después de que se incluyera en la cartera de servicios y productos de salud la atención a la diversidad en la identidad de género en las condiciones que establece la normativa específica.
La normativa específica se ha desarrollado con la participación de Diversand y el Colegio Oficial de Médicos de Andorra, siguiendo las recomendaciones internacionales y la evidencia científica.
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