Un jubilado tendrá que pagar 104.138 euros de sanción por declararse falsamente residente en Andorra
El TEAR de Cataluña ya había rechazado sus alegaciones y le había impuesto la sanción que ahora ha sido confirmada
Un jubilado deberá afrontar una sanción de 43.273,86 euros, además de una deuda tributaria principal de 60.864,23 euros, tras confirmarse que intentó tributar como no residente mientras su centro de intereses económicos y familiares seguía en España.
Según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, recogida por el Huffington Post, el contribuyente aseguró haberse mudado a Andorra a finales de 2017, donde había alquilado y posteriormente comprado una vivienda.
Sin embargo, la Agencia Tributaria acreditó que mantenía patrimonio, negocios, ingresos y familia en España, elementos que determinan la residencia fiscal según el artículo 9 de la Ley del IRPF y el Convenio de Doble Imposición con Andorra.
El TEAR de Cataluña ya había rechazado sus alegaciones y le había impuesto la sanción ahora confirmada, al considerar que no demostró tener intereses económicos o familiares de mayor peso en Andorra ni haber tributado efectivamente allí.
El tribunal subraya que su conducta fue “negligente”, ya que los elementos que determinaban su residencia fiscal española “le eran perfectamente conocidos”.
Con la resolución judicial, el jubilado deberá abonar la totalidad de la cantidad reclamada por Hacienda: 104.138,09 euros entre impuestos y sanción.
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